Preguntas frecuentes

1. ¿Qué es el proceso de insolvencia y en qué consiste?

Es un mecanismo legal diseñado para reestructurar deudas mediante un acuerdo con los acreedores, con el fin de recuperar la estabilidad financiera bajo protección jurídica.

2. ¿Puedo acogerme al proceso si tengo deudas con bancos, entidades públicas o particulares?

Sí. Pueden incluirse deudas con entidades financieras, impuestos, obligaciones laborales, proveedores y préstamos con particulares, siempre que sean obligaciones exigibles.

3. ¿Voy a perder mis bienes durante el proceso?

No necesariamente. El régimen busca la conservación del patrimonio y la reestructuración de las deudas. La liquidación solo aplica en caso de no lograr acuerdo.

4. ¿Cuánto tiempo dura el trámite?

En promedio, un proceso de insolvencia puede resolverse entre 3 y 6 meses, dependiendo de la complejidad del caso y la voluntad de los acreedores.

5. ¿El proceso me protege de embargos y llamadas de cobranza?

Sí. Una vez iniciado el trámite, se suspenden procesos ejecutivos, embargos y cobros mientras se adelanta la negociación.

6. ¿Qué requisitos debo cumplir para iniciar?

Se requiere demostrar incapacidad de pago, acreditar la existencia de deudas vencidas y presentar la documentación financiera que respalde la situación de insolvencia.

7. ¿El proceso afecta mi historial crediticio?

Sí, pero de manera temporal. Durante el trámite aparecerá un reporte en centrales de riesgo. Sin embargo, al cumplir el acuerdo, es posible rehabilitar la vida crediticia.

8. ¿Cuánto cuesta el procedimiento?

El costo depende del caso particular, pero se estructura un plan de pagos accesible para que el proceso sea viable desde el inicio.

9. ¿Qué pasa si no logro un acuerdo con mis acreedores?

En ese escenario, la ley prevé la liquidación patrimonial, que busca un pago ordenado a los acreedores, con la posibilidad de extinguir deudas pendientes.

10. ¿Puedo incluir todas mis deudas en el proceso?

Sí, deben declararse todas las obligaciones existentes, aunque algunas pueden recibir tratamiento especial según la normatividad vigente.

11. ¿El proceso es confidencial?

Sí. La información es tratada con estricta confidencialidad y solo intervienen las partes directamente relacionadas.

12. ¿Cuáles son los beneficios reales de acogerme a la insolvencia?

  • Suspensión de embargos y procesos de cobranza.

  • Negociación de pagos con reducción de intereses.

  • Protección patrimonial.

  • Reorganización financiera con respaldo legal.

13. ¿El proceso es igual para persona natural y persona jurídica?

No. Existen procedimientos diferenciados según el tipo de deudor, aunque ambos persiguen el mismo objetivo: la recuperación y protección del patrimonio.

14. ¿Después de cuánto tiempo puedo volver a acceder a créditos?

Dependerá del cumplimiento del acuerdo y la actualización en centrales de riesgo. Muchos deudores logran restablecer su acceso a crédito en un plazo corto tras finalizar el proceso.

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